OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA

Artículo 147

Toda persona moral, organizaciones de la sociedad civil, sindicatos o cualquier otra análoga que reciban recursos públicos por cualquier concepto, exceptuando las cuotas sindicales, deberán proporcionar a los sujetos obligados de los que los reciban la información relativa al uso, destino y actividades que realicen con tales recursos.


No Aplica
Esta información no aplica de acuerdo a las funciones y atribuciones de esta Policía Bancaria e Industrial con Fundamento en los artículos 52 y 53 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal.






Periodo de Actualización de la Información: Trimestral
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Fecha de Actualización: 31 de diciembre de 2017
Fecha de Validación: 
04 de enero de 2018

Área (s) o Unidad (es) Administrativa (s) que genera (n) o posee (n) la Información:Unidad de Transparencia